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Deducción fiscal autonómica (Galicia) por obras de rehabilitación energética.

Ahorra en impuestos si mejoras la eficiencia energética de tu vivienda.


¿Qué? => Posibilidad de deducción de la cuota integra autonómica.

¿Quién? => Edificios de viviendas o viviendas unifamiliares en Galicia

¿Por qué? => Por obras de mejora de eficiencia energética en dichos edificios.

¿Cuándo? => El plazo de presentación es hasta que expire el plazo para presentar la autoliquidación correspondiente al periodo impositivo en el que se termine la obra de mejora energética objeto de deducción.

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En el ejercicio en que se finalice la obra de mejora, se podrán deducir:

- El 15% de las cantidades totales invertidas, con una base máxima de la deducción de 9.000 € por contribuyente.

- El 100% del coste de los honorarios para la obtención del CEE, así como las tasas de inscripción en el Registro, con un límite único de 150 € que será prorrateado en función del porcentaje de titularidad de la vivienda. 

Por ejemplo, para el caso de un edificio de viviendas, deberá prorratearse entre todos los comuneros en función del porcentaje de titularidad de las mismas


REQUISITOS:

1) Certificado de eficiencia energética (CEE) del inmueble, registrado, una vez ejecutadas las obras que dan derecho a deducción, (procedimiento IN413C/D) y por tanto disponer del código de registro.

2) Informe firmado por técnico competente que justifique el salto de letra conseguido con las mejoras, según modelo facilitado por la administración.

3) La totalidad de las facturas, y sus justificantes de pago.

4) En el caso de que las obras de mejora se realicen en un edificio en régimen de propiedad horizontal, certificado de las aportaciones económicas correspondientes a cada comunero.

5) Presentación del Anexo III (esto es durante la presentación electrónica). 

Nota: Para la presentación electrónica de este Anexo III se requerirá el documento nacional de identidad (DNI) electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, de la persona comunicante o de cualquier otra persona que actúe en su representación para la realización de este trámite.

​​La persona interesada podrá cubrir y presentar el "Anexo III: Documentación relativa a la deducción fiscal por obras de mejora de la eficiencia energética" acompañado del resto de documentación requerida, según se recoge en la RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2019 por la que se modifica la RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2016 por la que se aprueban los modelos de comunicación para la inscripción de los certificados de eficiencia energética de los edificios en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Galicia, para aprobar el modelo de presentación de documentos relativos a la deducción fiscal por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares.

1. PREVIOS

CEE estado actual y análisis previo.

2. OBRA

Realiza las obras.

3. CUMPLE

CEE nuevo, informe, y resto de documentación (requisitos).

4. OK

Presentar y disfrutar de los beneficios.


¿Todo listo y quieres acceder a la presentación electrónica?

Si cumples los requisitos, ahorra dinero, accedes aquí (pulsa el botón).

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Deducción fiscal estatal por obras de rehabilitación energética
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